Redacción de pliegos de clausulas administrativas
Valoración y Reclamación de la Tasa por Uso del Dominio Público Maximice los ingresos municipales mediante la correcta aplicación de la Ley
tasa de ocupación
¿En qué consiste ?
 
															 
            
            
            
        Valoración precisa basada en referencias catastrales.
 
            
            
            
        Elaboración de informes y ordenanza para facilitar la reclamación del importe anual.
 
            
            
            
        Cumplimiento riguroso de la normativa vigente (Ley 58/2003 y Ley 2/2004)
beneficios para el ayuntamiento
proceso del trabajo
01
Recepción del listado catastral
02
Propuesta creativa
03
Preparación de la documentación
confían en nosotros



























preguntas frecuentes
La recaudación de esta tasa contribuye directamente a los ingresos municipales, compensando el uso privativo de infraestructuras sobre el dominio público. Además, reclamarla de forma adecuada garantiza un reparto equitativo de costes y el cumplimiento de la Ley 58/2003 y la Ley 2/2004.
El paso inicial consiste en facilitar el listado de referencias catastrales de los terrenos municipales afectados. A partir de estos datos, se realiza un análisis técnico y económico que determina el importe anual a percibir por la tasa.
Nuestro equipo prepara los informes técnicos y la documentación legal que servirán de base para la elaboración de la ordenanza municipal. Esta ordenanza especifica la metodología de cálculo y asegura que la reclamación de la tasa sea transparente y sólida jurídicamente.
El plazo depende de la cantidad de referencias catastrales y la complejidad de las infraestructuras implicadas. Normalmente, la fase de análisis y preparación de informes puede durar entre 2 y 6 semanas, tras lo cual se procede a la aprobación de la ordenanza y la reclamación formal.
 
															 
															